El gobernador comunicó las medidas sanitarias que quedarán vigentes a partir del lunes 7 y el viernes 11 de junio en el territorio santafesino. En medio de un fin de semana de confinamiento total, se retomarán las actividades al ritmo que tuvieron la semana pasada, es decir: clases virtuales, circulación nocturna restringida, bares y locales comerciales con cierre anticipado. Nada de deportes ni de encuentros sociales. Recién el sábado 12 de junio se vencen los alcances del decreto comunicado por el presidente Albeeto Fernández el pasado 20 de mayo. A partir de ese día, se deberán dictar nuevas normas de convivencia en estos difíciles tiempos de pandemia.
La semana que viene, las medidas se desarrollan de esta forma:
-Circulación: prohibida para los vehículos particulares desde las 18 hasta las 6 de la mañana del día siguiente y solo se podrá circular con una autorización para la actividad laboral habilitada o para casos de fuerza mayor, como por ejemplo acudir al médico para un control o un estudio particular.
Para las actividades habilitadas, se indica concurrir a los lugares de cercanía, evitando el uso de vehículos particulares.
-Comercios: van a poder abrir sus puertas hasta las 17 y hasta las 19 los de venta de alimentos. Siguen cerrados los shoppings y centros comerciales.
-Gastronomía: los bares y restaurantes van a poder atender a sus clientes desde las 6 de la mañana y hasta las 19. Fuera de ese horario, van a poder trabajar con delivery o modalidad take away.
-Clases: deberán continuar en forma virtual.
Decreto con las restricciones que regirán en Santa Fe hasta el 11 de Junio by Rosario3 on Scribd
Actividades que quedan suspendidas
-Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para loo convivientes, y también al aire libre en espacios públicos.
-Práctica recreativa de deportes grupales de contacto tanto en espacios cerrados como al aire libre.
-Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y establecimientos afines, incluidas las canchas de fútbol 5.
-Locales de eventos o fiestas infantiles, conocidos como peloteros.
-Competencias deportivas provinciales, zonales o locales, tantos profesionales como amateurs.
-Realización de eventos religiosos, tanto públicos como privados, en espacios cerrados y al aire libre.
-Discotecas, salones de eventos y de fiestas.
-Salas de juego, casinos y bingos.
-Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y juegos infantiles en shoppings, centros comerciales y paseos comerciales.
-Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y afines, incluidos con funcionamiento al aire libre.
-Actividad de artistas en bares y restaurantes.
-Actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques o paseos. Quedan afuera de la suspensión las ferias francas de comercialización de alimentos.
-Actividad hípica en hipódromos.
-Asambleas y actos eleccionarios.
-Pesca deportiva y recreativa.
-Navegación deportiva o recreativa.
Teletrabajo
Continuarán bajo la modalidad de trabajo remoto o home office las siguientes actividades: profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros habilitados (no están comprendidos los profesionales de la salud y el notariado para trámites que requieran sí o sí la presencialidad); actividad inmobiliaria y aseguradora; administrativas de sindicatos, entidades gremiales, entidades deportivas y civiles, obras sociales y de universidades nacionales; actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.
Placas con las nuevas restricciones vigentes hasta el 11 de junio by Rosario3 on Scribd
Fin de semana, vuelta atrás
Este sábado 5 y domingo 6 de junio, se vuelve al confinamiento estricto que ya estaba incluido en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Alberto Fernández el pasado 20 de mayo, y que contemplaba también a este fin de semana con el objetivo de bajar lo máximo posible la circulación y aliviar la ocupación de camas en los hospitales.
De esta manera, estas son las normas generales que rigen este fin de semana:
-Prohibición de circulación: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
-Permanencia en los domicilios: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
-Salidas de esparcimiento: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
-Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
-Circulación: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
-Gastronomía: Sólo mediante delivery y take away.
-Transporte público: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación.
-Permisos: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
Ante una pregunta frecuente entre los que tienen casas de fin de semana en la zona, sobre todo en Funes y Roldán, el decreto sostiene que no se puede circular hacia esos lugares desde Rosario. Además, habrá controles más estrictos en los accesos a las localidades.