El sistema del Impuesto a las Ganancias fue objeto de una serie de modificaciones que entraron en vigencia en noviembre por disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca, exAfip), a través de la Administración de Regímenes y Contribuciones Administrativas. Los cambios incluyen ajustes en los mínimos no imponibles y las deducciones, por lo que alcanzan tanto a trabajadores como a jubilados y empresas.

Con la modificación de los valores del Impuesto a las Ganancias, se establecieron nuevos umbrales de ingresos que beneficiarán a aquellos trabajadores y jubilados que no superen los nuevos pisos.

El mínimo no imponible se ajustó, y ahora los asalariados no tributarán si sus ingresos brutos no superan los $1.800.000 para solteros y $2.340.000 para casados con 2 hijos. Se trata de un piso más alto que el que figuraba en el proyecto que originalmente envió el Poder Ejecutivo, que establecía el mínimo en $1,2 millones. 

Según cálculos realizados por el estudio SDC Asesores Tributarios, en la práctica esto implicará que una persona soltera sin hijos comenzará a pagar Ganancias cuando su sueldo neto (es decir, luego de la aplicación de los descuentos previsionales, de obra social y otros) supere los $1,5 millones.

En tanto, una persona soltera con 2 hijos pagará a partir de un sueldo neto de $1,7 millones, mientras que una persona casada con 2 hijos lo hará a partir de $2 millones. 

Este cambio tiene como objetivo aliviar el impacto fiscal de los trabajadores de menores ingresos, pero también implica una serie de ajustes en las deducciones que podrían modificar el cálculo final del impuesto.

El nuevo sistema establece, además, mayores deducciones por hijos, cónyuges y personas a cargo, lo que implica un mayor alivio para las familias. Sin embargo, para aquellos que estén por encima de estos umbrales, las nuevas tablas de cálculo podrían significar un aumento en lo que deben pagar en concepto de Ganancias.

La escala de alícuotas va del 5% al 35% de la diferencia entre el salario neto del aportante y el piso establecido por la ley, considerando además el tope de aportes que se modifica mensualmente con la ley de movilidad jubilatoria. De este modo, los solteros sin hijos que superen el piso de $1,8 millones brutos y hasta $2 millones pagarán el 5%, mientras que quienes ganen más de $4,9 millones brutos tendrán una imposición del 35%.

Anticipos y nuevas fechas de pago


 

Uno de los cambios más relevantes implementados por la Arca es el ajuste en las fechas de vencimiento de los anticipos de Impuesto a las Ganancias. En lugar de realizarse a finales de año, el primer anticipo para el período fiscal 2024 deberá abonarse antes del 25 de noviembre. A partir de allí se distribuyen en nuevos plazos, según el último número del CUIT del contribuyente, lo que implica una reorganización de los pagos para evitar cuellos de botella en la recaudación.

Además, se implementó un nuevo régimen para los anticipos de ganancias que permitirá una reducción de estos pagos para quienes tengan menores ingresos. Para poder acceder a este beneficio, es necesario que los ingresos del contribuyente no superen los $150 millones, lo que representa un cambio significativo para las pequeñas y medianas empresas, que ahora podrán acceder a una carga tributaria más leve y pagar de manera más ajustada a su capacidad económica.