La Municipalidad de La Plata cobrará multas de un millón de pesos a quienes organicen reuniones masivas en casas, edificios o barrios cerrados durante la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus.
En tanto, quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas podrán ser sancionados con una infracción de hasta 2.132.000 pesos.
Las medidas para contrarrestar el fenómeno de las reuniones multitudinarias que se organizan en viviendas particulares y espacios comunes de edificios fueron anunciadas este viernes por el intendente de La Plata, Julio Garro.
Así, se ampliará el horario de atención de los bares y restaurantes habilitados y se subirá a 1 millón de pesos las multas para quienes organicen eventos masivos que violen las normas dispuestas en el marco de la pandemia de coronavirus.
Con estas disposiciones, La Plata busca contrarrestar las reuniones y eventos que no cuentan con autorización y ponen en riesgo a la población por realizarse sin las medidas sanitarias ni de seguridad correspondientes.
En ese sentido, se informó que se ampliará hasta las 3.30 el horario de atención de los bares y restaurantes habilitados, que deberán contar con todas las medidas de seguridad dispuestas ante la covid-19.
“Con esta disposición buscamos ampliar los horarios de atención para que los jóvenes y adultos que quieran salir puedan concurrir a lugares que tengan todas las medidas de seguridad y sanitarias correspondientes”, se explicó.
Desde la comuna advirtieron que, “con la llegada de la primavera y la baja de los contagios, se nota un incremento de juntadas y eventos que se organizan en viviendas particulares o espacios comunes de edificios o barrios cerrados".
"Entendemos las ganas de los jóvenes de reunirse y reencontrarse, pero debemos comprender la importancia de seguir cuidándonos para evitar situaciones de contagio”, añadieron.
Garro sostuvo que “la responsabilidad del cuidado empieza en casa" y apeló "a que los padres les expliquen a sus hijos sobre los riesgos que tiene asistir a una fiesta clandestina".
El intendente dispuso modificar por decreto el Artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147 y ampliar a 4.000 módulos el incumplimiento de las normas relacionadas con “la prevención de las enfermedades transmisibles y en general, la falta de desinfección o destrucción con agentes transmisores”.
El valor de la multa por incumplir esta normativa llegará a los 1.066.000 de pesos y serán pasibles de sanción no sólo quienes organicen el encuentro, sino también los propietarios del inmueble y, en el caso de los edificios o barrios cerrados, todo el consorcio.
Fuente: Télam