A través de una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno legalizó la compra de semillas de cannabis en la Argentina para cultivo con fines de investigación y medicinales.
La medida fue promulgada por la resolución N° 260 emitida por el Instituto Nacional de Semillas (Inase) e incluye además la comercialización de esquejes y plantines enraizados. Si bien el texto de la resolución no lo especifica, se estima que podrán adquirirse en growshops o locales especializados
De acuerdo a la nueva normativa, serán cuatro las variedades de semillas que se podrán vender, las cuales están aprobadas por Inase y deberán estar correspondientemente rotuladas.
Según informó la revista especializada THC, a esas cuatro variedades podrían sumarse otras 15 más antes de fin de año y hay unas 77 más en proceso de registro en Inase, casi el 80 por ciento de desarrollo nacional.
Cómo se podrán comprar y vender legalmente semillas de cannabis
El texto de la normativa publicada por el Boletín Oficial no establece requisitos para adquirir las semillas. Es decir, cualquier persona puede comprarlas sin que sea preciso presentar documentación.
No obstante, sí es importante remarcar que su tenencia y su cultivo deberán estar avalados por una inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), la base de datos de cultivadores articulada por el Ministerio de Salud de la Nación. Para ello, es necesario contar con una indicación médica, de acuerdo con la información brindada en la página oficial.
Del otro lado, quienes quieran comercializar las semillas deberán inscribirse en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas, un trámite que se hace online en el sitio de Inase y cuyo costo depende de la categoría en la que se anote.
La inscripción tiene una vigencia de un año y habilita a vender solamente las cuatro variedades registradas.
Avance del cultivo de cannabis medicinal en el país
Desde la sanción de la Ley 27.350 de Cannabis Medicinal, hace ya cinco años, se han logrado diferentes avances. Actualmente, hay cinco productos de cannabis que se consiguen en farmacias, y hace más de un año que el Ministerio de Salud inscribe a aquellos pacientes que hacen autocultivo en el Reprocrann.
Para las organizaciones, que son las grandes protagonistas de la lucha por el acceso a tratamientos con cannabis, el camino es mucho más largo. Aunque la ley de 2017 establecía que se debía establecer un registro, su creación no estuvo reglamentada hasta tres años más tarde, con el cambio de Gobierno en la Casa Rosada.
El decreto 883 de noviembre de 2020, que aprobó la reglamentación de la ley, no solo creó el Reprocann, sino que habilitó por primera vez el cultivo solidario a través de organizaciones civiles: quienes no pudieran cultivar sus propias plantas podrían obtener las flores de una sociedad civil sin fines de lucro.
Cada organización puede cultivar ahora plantas de marihuana para hasta 150 pacientes. Para ello, por persona, pueden tener hasta nueve plantas florecidas en simultáneo. Los cultivos, de vuelta por paciente, no pueden superar los 15 metros cuadrados en espacios abiertos o los seis metros cuadrados en invernaderos o espacios interiores.