Diez años pasaron de la sanción de la ley 26.618, conocida como Ley de Matrimonio Igualitario. Una ley que además de consagrar la ampliación del matrimonio a personas del mismo sexo, convirtió al país en el primero de América Latina y el décimo del mundo en ampliar los derechos civiles del Colectivo LGTB+.
Ahora, el desafío de la legislación argentina apunta a reparar los derechos de una de las comunidades que ha padecido una cadena de violencias estructurales (el último de los eslabones, el travesticidio) como la travesti-trans: en el Congreso avanza, entre otros proyectos, el debate por la ley de inclusión laboral de ese colectivo.
La Comisión de Derecho de Género y Diversidad del Colegio de Abogados de Rosario, junto al aporte de otras comisiones de la institución, publicó un informe en el que destaca que la Ley de Matrimonio Igualitario “consagró la incorporación de la diversidad sexual en la agenda del Estado y se constituyó en el antecedente de la Ley de Identidad de Género”.
En el texto, se subraya que “de alguna manera, la Ley de Matrimonio Igualitario también fue consecuencia de un conjunto de leyes que le precedieron como la Ley de Anticoncepción quirúrgica del año 2006 (comúnmente denominada Ley de esterilización voluntaria)”. Y que significaría el trampolín hacia la sanción, en 2012, de la Ley de Identidad de Género, “que posicionó a nuestro país a la vanguardia en tanto reconoce la Identidad de Género Autopercibida sin ningún tipo de patologización o judicialización”.
A partir de allí, la evolución legislativa siguió con la conocida Ley de Reproducción Médicamente Asistida del año 2013, que garantiza el acceso universal a los procedimientos y técnicas de reproducción, sin limitación por orientación sexual o estado civil de las y los destinatarios.
Y se coronó con la sanción en el 2015 del Código Civil y Comercial que traspola todos los lineamientos de las leyes mencionadas, se constitucionaliza el derecho privado y se percibe en clave de Derecho Humanos.
Ahora, el colectivo travesti-trans
Sin dudas, el colectivo más castigado por la falta de oportunidades reales de llevar una vida digna es el travesti-trans. Los números no mienten: el 91% de las personas trans y travestis no tienen trabajo registrado, el 64% no tiene cobertura de salud y el 58% ha sufrido violencia por parte de las fuerzas policiales.
Hay más: el 85% de las mujeres y feminidades trans y travestis ejerce o ejerció el trabajo sexual. Con todo esto, su expectativa de vida promedio sea de apenas 36 años de edad.
Según la abogada Lucila Cusumano, presidenta de la Comisión de Género y Diversidad del Colegio de Abogados de Rosario, hay varios proyectos de ley en debate como el Proyecto de Ley Integral Trans y el de No Discriminación que, teniendo como horizonte la inclusión social, tienden a garantizar el acceso temprano en educación, salud, en el ámbito laboral.
La ley de identidad de Género consagró el derecho a la identidad autopercibida sin ningún tipo de patalogización o judicialización y consagró la igualdad jurídica como punto de partida que abre caminos a una real igualdad de género.
Para la abogada rosarina, “aquel primer paso no solo otorgó las herramientas formales para bregar por la igualdad de derechos sino también aportó a legitimar aquella lucha, a la batalla cultural que aún reclama nuestra sociedad. No obstante, sabemos que la letra de la ley no alcanza: que requiere de políticas públicas y acciones positivas basadas en la transversalidad. Y que asimismo es preciso que sea en articulación con los actores civiles y sociales.