Después de todas las especulaciones, trascendidos y rumores que hubo esta semana sobre la sanción a Central por los festejos en el partido contra Racing, este viernes, a tan solo 24 horas del partido con Colón, el Tribunal de Disciplina dio a conocer su resolución. Y como no podía ser de otra forma en la AFA, hubo confusión. En principio se estableció que serían clausuradas para este encuentro las plateas alta y baja del río en el Gigante de Arroyito. Entonces los directivos pidieron más detalles de la resolución y finalmente desde Buenos Aires aclararon que no podrán asistir hinchas solo al sector bajo de la platea que da al Paraná.
La dirigencia ya trabajaba en la difícil tarea de reubicar a los que tienen abonos y adelantaron que no habrá venta de localidades a no socios.
El fallo del Tribunal se conoció este viernes al mediodía y obliga a la dirigencia de Central de apurar las gestiones para reorganizar la ubicación de los socios en el partido de mañana frente al Sabalero.
Ante la clausura de la platea baja del río, la capacidad del Gigante se reducirá en unos 7 mil lugares aproximadamente.
Además, durante 5 partidos de local el club de Arroyito deberá pagar una multa correspondiente al valor de 500 entradas generales.
El fallo
El informe del árbitro de ese partido con Racing, Ariel Penel, detalla que "el partido comenzó con cinco minutos de demora debido a la cantidad de fuegos artificiales lanzados desde todo el estadio, el mismo produjo mucho humo y la quema de una parte de la red de un arco".
Y agrega que "a los 22 minutos del primer tiempo, se paró el partido por un lapso de dos minutos, debido a que desde la platea detrás del asistente Nº 2, arrojaron muñecos bebés vestidos con la casaca de Newell‟s".
"Al mismo instante se retiró de dicha platea, dos banderas con leyendas agresivas en contra del Club Newell‟s, luego el partido continuó con normalidad”, completa el escrito que Penel presentó en AFA.
La resolución indica que "se clausura para el próximo encuentro en que el Club Rosario Central actúe como local, todo el sector correspondiente a la platea donde se desempeñó su función el asistente Nº 2, denominada Río Paraná".
También indica "autorizar solo el ingreso de socios de la entidad, prohibiéndosele al Club Rosario Central, la venta de cualquier tipo de entradas, debiendo permanecer cerradas las boleterías de la institución en el próximo encuentro que actúe como local".
La resolución añade que "se impone multa de v.e. 500, por el término de cinco fechas al Club Rosario Central".
Por último, "se advierte al Club Rosario Central, que deberá arbitrar todos los medios necesarios, tendientes a evitar en el próximo encuentro, cualquier tipo de fuegos artificiales, arrojar proyectiles y exhibiciones de banderas que inciten a la violencia, bajo apercibimiento de aplicarse en forma efectiva e inmediata, dos fechas de sanción jugando a puertas cerradas".