“Nos limitamos a resolver en función de la prueba”, aclararon los jueces que la semana pasada fallaron sobre el famoso caso de la “mega estafa inmobiliaria” con un contundente veredicto que barrió con la acusación de la Fiscalía sobre la existencia de una organización de empresarios y escribanos que falsificaba documentación para quitarle propiedades a sus dueños y luego desplegar una serie de maniobras para darles una apariencia lícita a las falsas transacciones.
Es que los jueces jueces Nicolas Vico Gimena, Ismael Manfrin y Román Lanzón sabían que por la alta repercusión mediática que tuvo desde 2016 -cuando estalló y derivó en las detenciones de importantes hombres de negocios- las sospechas en la opinión pública iban a estar a la orden del día porque los empresarios y contadores absueltos tienen buena posición económica. Y por eso los dejar en claro su postura ya al momento de la lectura del veredicto que se centra en la falta de pruebas de la existencia de esa “banda”.
Para los magistrados quedó probado que hubo 8 estafas pergeñadas por tres personas, quedando absueltos una docena de otros acusados por los Fiscalía. En detalle, para la Justicia el comerciante Juan Aymo y el sindicalista Maximiliano De Gaetano detectaban propiedades inmobiliarias que tenían un cierto grado de vulnerabilidad o abandono y, a partir de esa situación, confeccionaban con el escribano Eduardo Torres poderes especiales mediante escritura pública con las firmas falsas de los titulares de dichos inmuebles (siendo que, en algunos casos, éstos habían fallecido o se habían radicado fuera del país) para, luego, transferirlas y así obtener un beneficio económico.
Fue así que los tres involucrados fueron duramente sentenciados (Torres, 12 años; Aymo, 11 años y De Gaetano, 7 años) pero quedaron absueltos los escribanos Luis María Kutzerman, Juan Aliau y José Gordó y el empresario Marcelo Jaef.
"En el presente caso se han generado expectativas de condena en las víctimas y en la sociedad en su conjunto, que más allá de las convicciones y empeño desplegado por el Ministerio Público de la Acusación no se han materializado -respecto de muchas de las personas acusadas- en elementos probatorios que permitan alcanzar el grado de certeza que necesariamente debe preceder al dictado de tal sentencia", sostuvieron los jueces.
“Las argumentaciones que nos conducen a no compartir el encuadre legal pretendido por el señor fiscal y nuestra conclusión sobre la ausencia de comprobación del dolo se fundan estrictamente en el análisis de los hechos y su valoración probatoria; esto es, con total independencia de quienes sean las personas acusadas o las víctimas en trato”, concluyeron los magistrados.
Interpretaciones
Luego de que el viernes pasado a primera hora de la tarde se conociera el veredicto, empezó el debate en círculos judiciales, políticos y empresarios. Debate que siguió en el arranque de esta semana.
Están los que sostienen que simplemente la teoría del caso del fiscal que llevó las investigaciones, Sebastián Narvaja, adolecía de fuerza probatoria. Y punto.
En esa línea, están los que además pregonan que la explicación que armó el fiscal tenía más de cruzada ideológica anti establishment que de realidad. Y dentro de este grupo, que hace foco en la falta de pruebas, están también los que suman que hubo inconsistencias en la investigación.
Otras visiones
Pero también están lo que suponen que fue un fallo evidentemente ideológico del establishment judicial más apegado sistémicamente al status quo. Nadie habla, en este caso, del papel de los jueces intervinientes, sino de un histórico posicionamiento del poder judicial muy cercano con las altas esferas de la sociedad, tema sobre la cual hay amplia bibliografía jurídica.
Y en esa línea no faltaron quienes fueron más al hueso y especularon con que se trató de directamente de un veredicto que busca poner en caja a los investigadores de delitos económicos complejos y a Narvaja en particular, quien ya tuvo varios encontronazos con jueces, por ejemplo en el caso de Guardati Torti, y siempre se mostró crítico del papel de la Justicia a la hora de juzgar los delincuentes de alta alcurnia.
Los efectos
Independientemente de las razones, en la práctica la principal consecuencia del veredicto del primer juicio en el sistema penal oral y público de esta magnitud en torno a un delito económico es que los jueces ponen un estándar más alto que el que considera Fiscalía para decir que hay lavado de activos o asociación ilícita. Y justamente lavado y asociación ilícita son las tipificaciones más comprometidas para los delincuentes de guante blanco.
¿El fallo le vino como anillo al dedo a las defensas del financista Luis Herrera y de los directivos de Vicentin, quienes están bajo la mira de los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Complejos del Ministerio Público de la Acusación? Debate abierto.
Pero además de esa primera conclusión del fallo, emergen otras consecuencias más profundas porque hay interpretaciones sobre que, en rigor, es un fallo “dañino” en términos jurídicos. Y el foco está puesto en la interpretación de los jueces sobre el papel de los escribanos, sin cuya firma avalando ventas de propiedades con gente que traía poderes que supuestamente le habían otorgado los dueños.
Sobre los escribanos, los jueces definieron que Narvaja no pudo probar que eran parte de la organización de la que el fiscal hablaba, pero que además no hubo dolo sino "descuido y negligencia”.
En concreto, los magistrados dijeron: “La forma en que obraron a lo largo de sus respectivas intervenciones no se ajustó, en sentido estricto, a su rol como escribanos. Ello así, toda vez que se han acreditado durante el transcurso del debate negligencias e impericias de parte de los profesionales que permitieron que se hayan llevado a cabo algunas transferencias inmobiliarias y negocios jurídicos que, a la postre, consumaron los injustos".
Y luego agregan: "Sin embargo, se reitera -una vez más- que los comportamientos atribuidos por el actor lo fueron a título de dolo, es decir, como miembros o parte de un grupo de personas que conocía y quería llevar a cabo las maniobras delictivas de referencia. Y, precisamente, esto último, es lo que el Dr. Narvaja no pudo probar más allá de toda duda razonable. Por lo tanto, si bien los escribanos se apartaron de su rol profesional, al desplegar algunos comportamientos que revelan un grado de impericia que no es esperable para quienes ejercen la digna función notarial, el quebrantamiento de las expectativas sociales en este caso no se vinculó específicamente con los tipos penales imputados".
Si hablamos de descuidos, como dicen los jueces, puede pasar en el caso que involucró a Kutzerman, quien sólo apareció avalando los pases de manos del campo de Villa Amelia y no en el resto de las estafas por lo que no parecía encuadrar su participación dentro de una “banda”.
Igual, tratándose de un reconocido profesional, que viene de familia de escribanos que trabajó mucho con las operaciones inmobiliarias de Oneto, tampoco puede minimizarse que por una negligencia podría haber posibilitado el robo de un campo a una familia.
Pero distinta es la situación de Aliau. ¿Se puede hablar de “descuidos” cuando Aymo le llevó en un año unos diez “poderes”, sin escrituras, para que avale transferencias de inmuebles? Familiares y conocidos explican que Aliau no estaba en un buen momento personal y que fue embaucado por Torres.
El impacto de absolver a los escribanos fue fundamental para que también quedaran absueltos los empresarios Jaef y también Gordó. Y es que ellos, según esa línea, habrían invertido en inmuebles del que no sabían su procedencia ilegal. Y es que para los magistrados no haber delito en el traspaso, no hay razones para caerle a los compradores. También allí se abre un frente de debate interesante en términos jurídicos sobre la consecuencia de no recaer sobre el papel de los escribanos, ya que -según la teoría del caso del fiscal- eso excluye de responsabilidades a inversores y beneficiarios de las maniobras.
Apelación
La Fiscalía espera ahora que los jueces presenten los argumentos para preparar la apelación, pero –según averiguó Rosario3- en segunda instancia lo espera un tribunal con un ambiente aún más hostil para que prospere su teoría del caso. Es por eso que, la intención estará más centrada es que los camaristas no bajen las penas ejemplares a los tres condenados.